La insolvencia no es un juego jurídico
Su finalidad es clara: permitir la reorganización de deudas sin vulnerar los derechos de los acreedores.
Sin embargo, cuando esta figura se utiliza de manera fraudulenta, no solo se distorsiona el sistema: se cometen faltas disciplinarias e incluso delitos.
Una reciente decisión disciplinaria evidenció un escenario preocupante: la construcción de escenarios ficticios de insolvencia mediante acreedores inexistentes o "acomodados", con el fin de manipular procesos judiciales y dilatar el pago de obligaciones reales.
No es un caso aislado por casualidad: la insolvencia es, por diseño, un mecanismo donde las mayorías de los acreedores deciden el resultado. Eso la vuelve atractiva para quien busca manipularla, porque alterar quién vota —y cuánto representa cada voto— puede cambiar por completo el acuerdo final sin que, a simple vista, el fraude sea evidente para un juez o un conciliador que revisa el expediente con prisa.
Dos regímenes de insolvencia, un mismo riesgo de fraude
En Colombia conviven dos regímenes de insolvencia distintos, y el fraude puede aparecer en cualquiera de los dos:
- Ley 1116 de 2006 — régimen de insolvencia empresarial. Regula los procesos de Reorganización y Liquidación Judicial para comerciantes y empresas, a cargo de la Superintendencia de Sociedades. Aquí el fraude suele tomar la forma de pasivos inflados entre sociedades relacionadas o acreedores vinculados al mismo grupo económico del deudor.
- Ley 2445 de 2025 — régimen de insolvencia de persona natural no comerciante. Permite a cualquier persona acceder a negociación de deudas o liquidación patrimonial ante centros de conciliación, notarías o jueces civiles municipales. El esquema analizado en este artículo —acreedores "acomodados" para alterar mayorías— es el patrón más común en este régimen.
En ambos casos el mecanismo de fondo es el mismo: inflar artificialmente el pasivo o fabricar acreedores para torcer el resultado del proceso a favor del deudor (o de quien controla el esquema), a costa de los acreedores reales.
La "estrategia" que nunca debió existir
En el caso analizado por la jurisdicción disciplinaria, se detectó un esquema estructurado que incluía:
- Creación de acreedores quirografarios ficticios con obligaciones millonarias.
- Participación de terceros que actuaban como "prestanombres" para simular deudas.
- Solicitudes de suspensión de procesos ejecutivos justo antes o después de diligencias de remate.
- Uso de trámites de insolvencia para invalidar actuaciones judiciales ya realizadas.
El objetivo era simple: alterar las mayorías dentro del proceso de insolvencia para imponer acuerdos de pago que perjudicaran a los acreedores reales.
Lo que algunos venden como una "estrategia jurídica" en realidad es algo muy diferente: una conducta que puede configurar fraude procesal y dar lugar a sanciones disciplinarias y penales.
Señales de alerta: cómo reconocer un esquema de falsa insolvencia
No todo acreedor "inesperado" es fraudulento, y no toda demora en un proceso es sospechosa. Pero hay patrones que, combinados, deberían hacerte preguntar más antes de firmar cualquier cosa:
- Un abogado te garantiza "resultados" antes de revisar siquiera la documentación real de tus deudas.
- Te proponen incluir en el proceso a un acreedor que tú no reconoces, o cuya deuda no puedes explicar con claridad.
- El monto de una obligación "nueva" aparece justo antes de una votación o una diligencia clave, sin que haya un origen verificable (contrato, factura, pagaré).
- Te piden que no cuestiones ni preguntes demasiado sobre quién es determinado acreedor "porque así funciona el proceso".
- La estrategia depende de que terceros figuren como acreedores sin que exista una relación comercial o personal real y verificable con ellos.
Ninguna de estas señales por sí sola prueba un fraude. Pero si varias aparecen juntas, lo responsable es pedir una segunda opinión antes de seguir adelante.
El riesgo real: disciplinario, penal y procesal
Cuando un abogado diseña o participa en esquemas de esta naturaleza, las consecuencias pueden ser graves:
Riesgo disciplinario para el abogado
El Estatuto de la Abogacía exige actuar con lealtad, probidad y buena fe. Crear obligaciones inexistentes puede derivar en:
- Suspensión del ejercicio profesional
- Multas
- Cancelación de la tarjeta profesional
Posibles consecuencias penales
Cuando se fabrican pruebas o se manipulan procesos judiciales, pueden configurarse delitos como:
- Fraude procesal
- Falsedad en documento
- Concierto para delinquir
Y no solo para el abogado. También para el deudor que participa en el esquema y para los terceros que actúan como acreedores ficticios: prestar el nombre para simular una deuda no es un favor inofensivo, es exponerse a las mismas consecuencias penales.
El mayor perjudicado: el propio deudor
Paradójicamente, quien busca una "salida fácil" termina peor.
Porque si el proceso se construye sobre irregularidades:
- El proceso puede ser invalidado.
- El deudor podría quedar impedido para acceder nuevamente al régimen.
- Los procesos ejecutivos continúan vigentes.
- Las deudas no desaparecen.
Es decir: después del fraude, la insolvencia sigue intacta y los problemas también. Y a los problemas originales se suma uno nuevo: haber participado, aunque sea sin plena conciencia del alcance, en una conducta que puede tener consecuencias penales propias.
Qué hacer si te proponen este tipo de "estrategia"
Si estás en un proceso de insolvencia y algo de lo anterior te suena familiar, estos son pasos concretos:
- Pide que te muestren el soporte documental de cualquier acreedor que no reconozcas: contrato, factura, pagaré o cualquier título que acredite la obligación.
- No firmes nada que no entiendas completamente. Si una cláusula o un acuerdo de pago no te queda claro, pregunta hasta que lo esté.
- Solicita una segunda opinión con otro abogado antes de avalar la inclusión de un acreedor nuevo en el proceso.
- Verifica quién es el conciliador o la autoridad a cargo del trámite y confirma que el proceso siga el curso formal previsto por la ley.
- Si ya firmaste algo y tienes dudas sobre su legalidad, consulta de inmediato: entre más pronto se identifique la irregularidad, más fácil es corregirla.
- Conserva copia de todo —comunicaciones, borradores de acuerdo, correos— incluso de lo que parezca irrelevante. Si más adelante hay que demostrar quién propuso qué, esos documentos son la prueba.
Qué pasa después de una decisión disciplinaria como esta
Cuando la jurisdicción disciplinaria sanciona a un abogado por un esquema de este tipo, la sanción al profesional no cierra el expediente. Normalmente abre otros frentes:
- Los acreedores reales que resultaron perjudicados pueden solicitar la nulidad del acuerdo de insolvencia alcanzado de forma fraudulenta.
- La decisión disciplinaria puede servir como prueba documental si posteriormente se abre una investigación penal por los mismos hechos.
- El deudor que participó del esquema queda con un historial que puede dificultar su acceso futuro a cualquier mecanismo de alivio de deudas, legítimo o no.
En otras palabras: una sanción disciplinaria rara vez es el final de la historia. Suele ser el primer hilo del que se empieza a desenredar todo lo demás.
La verdadera estrategia jurídica
La insolvencia bien utilizada sí funciona. Pero requiere:
- Análisis técnico real de las deudas.
- Estructuración legal adecuada.
- Negociación legítima con acreedores.
- Cumplimiento estricto de la ley.
Un abogado serio no busca inventar deudas. Busca resolverlas.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la falsa insolvencia?
Es el uso fraudulento de la figura de insolvencia, donde se fabrican o alteran deudas para imponer acuerdos de pago que perjudican a los acreedores reales, una práctica que puede derivar en faltas disciplinarias y delitos.
¿Qué riesgos corre un abogado que participa en un esquema de falsa insolvencia?
Se expone a consecuencias disciplinarias (suspensión, multas, pérdida de la tarjeta profesional), penales (fraude procesal, falsedad en documento, concierto para delinquir) y procesales, ya que el trámite completo puede ser invalidado.
¿Quién resulta más perjudicado en un esquema de falsa insolvencia?
Paradójicamente, el propio deudor: si el proceso se construye sobre irregularidades, termina en una situación peor que la original, con las deudas intactas y un riesgo penal adicional sobre su cabeza.
¿Puede un acreedor ficticio o un "prestanombres" tener problemas legales?
Sí. Quien acepta figurar como acreedor de una deuda que no existe, o que no corresponde a una relación real, puede responder penalmente igual que quien diseñó el esquema, incluso si actuó como "favor" sin recibir nada a cambio.
¿Cómo sé si mi proceso de insolvencia es legítimo?
Todo acreedor incluido en tu proceso debe tener un soporte documental verificable: contrato, factura, pagaré u otro título. Si tu abogado incluye un acreedor sin mostrarte ese soporte, o te pide no indagar al respecto, pide una segunda opinión antes de continuar.
En derecho, la creatividad jurídica es valiosa.
Pero la creatividad no puede convertirse en fraude.
Cuando una estrategia depende de simular obligaciones, manipular acreedores o engañar
al sistema judicial, ya no estamos frente a una defensa legítima.
Estamos frente a un problema mucho más grande.
Por eso, si estás considerando un proceso de insolvencia, la recomendación es simple: asesórate con un profesional que realmente conozca el sistema y pueda protegerte en todos los frentes: jurídico, procesal y penal.
Porque en estos temas, una mala asesoría no solo no resuelve el problema… puede empeorarlo.
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